SW Demoscopia

Cuando hablamos de las imperfecciones del sistema electoral español, gran parte de los ciudadanos señalan con dedo acusador a Victor D’Hondt, jurista y matemático belga del Siglo XIX que ideó uno de los sistemas electorales más famosos a nivel mundial: el sistema D’Hondt. En España, este sistema se encuentra regulado en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y se aplica a todas aquellas candidaturas que superen la barrera electoral del 3% en las elecciones generales.

El sistema D’Hondt es un sistema de cálculo proporcional basado en una fórmula de media mayor en el que se divide el número de votos que ha obtenido cada partido político por un número de divisores igual al número de escaños correspondientes a la circunscripción, y se atribuyen los escaños a las medias mayores. En la siguiente tabla podemos ver un ejemplo práctico según lo acontecido en las últimas elecciones generales en la circunscripción cordobesa:

Y aunque estemos tan habituados a culpar a D’Hondt, lo cierto es que los dos aspectos más conflictivos de nuestro sistema electoral se deben a otros asuntos distintos a este sistema de reparto. Si hay que señalar con dedo acusador, deberíamos hacerlo en otras dos direcciones: por un lado al sesgo de la proporcionalidad, y por otro al sesgo del prorrateo.

En lo que se refiere al sesgo de la proporcionalidad, aunque nuestro sistema electoral se defina como proporcional, lo cierto es que los efectos que produce están mucho más cerca de un sistema mayoritario. Esto se debe al tamaño de las circunscripciones, ya que más de la mitad son pequeñas, contando con menos de cinco escaños.

La Constitución Española establece claramente que la circunscripción electoral es la provincia; a la vez que la Ley Electoral reconoce a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla como circunscripciones. Por lo tanto, el sistema electoral español cuenta con cincuenta y dos circunscripciones entre las que se reparten los trescientos cincuenta escaños que conforman el Congreso de los Diputados.

A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos Diputados, mientras que Ceuta y Melilla están representadas por un Diputado cada una. Los doscientos cuarenta y ocho Diputados restantes se distribuyen entre las provincias según su población, y al producirse esta división obtenemos la magnitud del distrito, es decir, la cantidad de escaños que se va a repartir en cada circunscripción.

Cuanto menor es la magnitud del distrito, menor es la proporcionalidad que causa el sistema electoral en él. En las circunscripciones con magnitudes pequeñas, en las que se designan pocos diputados, el sistema D’Hondt genera distorsiones entre número de votos y obtención de escaños; pero no por el sistema D’Hondt en sí, sino por la reducida magnitud de las mismas. Si usásemos otro sistema de reparto diferente a D’Hondt, la desproporcionalidad provocada por la pequeña magnitud de los distritos seguiría existiendo. A medida que aumenta el tamaño de la circunscripción – podemos decir que por encima de los 9 escaños – las distorsiones que provoca D’Hondt se van aminorando y el sistema electoral se vuelve más proporcional.

Por ejemplo, en el caso de la circunscripción de Soria, en la que solo se reparten dos escaños, si hay cuatro partidos con posibilidad de competir por esos escaños, dos se quedarán fuera a pesar de que la diferencia en número de votos sea escasa. Este reparto de escaños favorece claramente a los partidos mayoritarios. Quiero hacer hincapié en que partido mayoritario no es necesariamente sinónimo de partido tradicional; si un partido de los llamados “emergentes” obtiene un mayor número de votos, el sistema le beneficiará en detrimento de los demás.

La consecuencia más inmediata del sesgo de proporcionalidad es que el número de votos que obtiene cada partido político no tiene un reflejo absoluto en el reparto de escaños, y que hay votos que se pierden. Siguiendo el ejemplo de Soria, en las últimas elecciones generales, los dos Diputados que le correspondían a la circunscripción fueron obtenidos por PP y PSOE; por lo que los 7.518 votos a Unidos Podemos y los 5.629 votos a Ciudadanos se perdieron, ya que no se vieron transformados en escaños en esa circunscripción.

 

En cuanto al sesgo del prorrateo, éste se refiere a la forma en que se asignan los escaños que van a repartirse en cada circunscripción. A cada circunscripción se le otorga un mínimo de 2 Diputados – exceptuando Ceuta y Melilla –lo hace que las menos pobladas estén sobrerrepresentadas. Además, al dividir los 248 escaños restantes entre provincias se produce un desajuste entre los escaños que se eligen en cada circunscripción y la población que lo integra; lo que favorece a las provincias rurales y más despobladas, sobreponderando el valor del voto de los ciudadanos de las mismas. Así, Madrid está infrarrepresentada y Segovia, Soria o Teruel están sobrerrepresentadas; por eso solemos oír la expresión de que “no valen lo mismo todos los votos”. En el siguiente mapa podemos observar el número de votos necesarios en cada provincia para conseguir un escaño:

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La existencia de circunscripciones provinciales también favorece a los partidos nacionalistas, que concentran sus votos en pocos distritos, por lo que tienen mayor facilidad para obtener un escaño que aquellos partidos que tienen su voto dispersado por todas las circunscripciones. Así, en las últimas elecciones, PACMA, a pesar de haber obtenido 284. 848 votos, no obtuvo ningún escaño debido a la diseminación territorial de sus votantes.

Es cierto que todos los sistemas electorales generan algún tipo de desproporcionalidad y que no hay ninguno que sea plenamente equitativo con todos los partidos políticos; de hecho, en la mayoría de los casos esto es así deliberadamente para garantizar una mayor gobernabilidad del territorio.

Aún así, en el caso español, los sesgos mencionados provocan que haya un alto porcentaje de votos que no son tenidos en cuenta a la hora de la formación del Congreso, digamos que “se pierden por el camino”, al haber 52 filtros en forma de circunscripciones que provocan el efecto de que en España haya 52 elecciones en lugar de una.

Por ello, son muchos los científicos sociales que proponen establecer un sistema de circunscripción única para las elecciones generales, que acabe con todas las distorsiones que producen las circunscripciones existentes y dejando cumplir a D’Hondt su función de distribución proporcional de escaños. Si algún día llegásemos a ese punto, entonces sí podríamos señalarle a él como único culpable.

 

María Macías Ibáñez.

Jurista y Politóloga.

SW Demoscopia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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